Qué trabajos de mantenimiento corren por cuenta del inquilino

No siempre está claro qué trabajos de mantenimiento en una vivienda alquilada son responsabilidad del propietario y cuáles del inquilino. En términos generales, el arrendador debe pagar cualquier obra o reforma necesaria para devolver el inmueble a la situación acordada en el contrato.

Trabajos de mantenimiento en una vivienda o local de alquiler

Lo natural es pensar que el mantenimiento en general de un piso en alquiler debe correr por cuenta del propietario. Y es que el inquilino ha firmado un contrato con unas condiciones de habitabilidad que hay que respetar. No obstante, en ocasiones puede ser el inquilino quien deba pagar los trabajos realizados. Esto es así cuando se trate de pequeños desperfectos como, por ejemplo, roturas de persianas o cambios de bombillas, trabajos de limpieza derivados de acciones del inquilino o sus invitados, etc. Además, el mantenimiento eléctrico derivado del mal uso de la tensión contratada también corre por su cuenta, ya que él es el responsable directo de la avería.

¿Cuándo debe pagar el inquilino los trabajos?

Como se ve, la clave para dirimir esta cuestión está en si se trata de daños causados puntualmente o derivados de la antigüedad, el mal estado, etc. Por ejemplo, el mantenimiento del aire acondicionado correrá por cuenta del propietario siempre y cuando no haya sido el inquilino quien lo haya averiado dándole un mal uso. Lo mismo ocurriría con aparatos como el calentador del agua, los fuegos de la cocina, etc. El inquilino puede también pagar trabajos urgentes y reclamarlos después al arrendador, siempre y cuando le haya avisado previamente. En cualquier caso, la comunicación entre ambas partes es fundamental.

En definitiva: los trabajos de mantenimiento de una vivienda o local comercial en alquiler son casi siempre responsabilidad del propietario. No obstante, cuando se deriven del malo uso del inmueble por parte del inquilino, o de necesidades ajenas a lo pactado en el contrato, el arrendador está en su derecho de negarse a asumir los costes. Y para ello existe un documento legal que los propietarios pueden dirigir a sus inquilinos.