La cesión de derechos de propiedad artística requiere un contrato especial
Los derechos de propiedad artística son la fuente de ingresos para muchos creadores. En muchos casos, cederlos es algo beneficioso para las partes, aunque hay que tomar ciertas precauciones para que este acuerdo no sea perjudicial para el dueño de los mismos.
Lo que implica la cesión de los derechos de propiedad artística
Debe quedar claro que este tipo de acuerdo no se trata de un proceso de compraventa de los derechos en ningún caso. Al contrario, lo que se lleva a cabo es un acuerdo por el que una persona cede a otra el beneficio total o en parte de las cantidades originadas por la propiedad de una obra sin que ello tenga que implicar representación artística alguna o cualquier otro tipo de situación similar. La propiedad artística seguirá estando en manos de su autor siendo únicamente objeto de cesión los derechos de emisión, reproducción o cualquier otro similar.
Aspectos legales los derechos de propiedad artística
Lo primero que debe tenerse en cuenta en una relación de este tipo es la redacción de un contrato legal por el que se establezcan las características del acuerdo. Uno de los aspectos fundamentales es el de la duración de la cesión, ya que de no especificarse podría considerarse que se hace de modo permanente. Se debe calcular bien el tiempo que se ha de estar sometido a este acuerdo, ya que un periodo excesivo puede hacer que el acuerdo no esté equilibrado en modo alguno. No está de más tampoco incluir de forma específica que la titularidad de las obras no cambia en absoluto.
Ceder los derechos de propiedad artística es una oportunidad para muchos creadores que o bien necesitan liquidez o solamente desean llegar a acuerdos determinados usando los frutos que su obra rinde. El acuerdo debe llevarse a cabo con cuidado para que no resulte abusivo en modo alguno, algo para lo que es necesario vigilar los plazos de la cesión y otros aspectos similares.