Teletrabajo: el seguro es obligatorio

Cada vez son más las personas que prestan sus servicios laborales desde casa. El teletrabajo ha ido ganando adeptos con el paso del tiempo pero no debe perderse de vista que el seguro y otras exigencias comunes al resto de trabajadores también son aplicables aquí.

Lo que se entiende por teletrabajo

Es importante entender que el teletrabajo puede tener tanto la figura del trabajador por cuenta ajena como la del freelance, dos situaciones diferentes pero con muchos detalles en común. En ambos casos se entiende que son profesionales que rinden su jornada desde casa. Sin embargo, la primera figura según el derecho laboral tiene el mismo estatus que el empleado que cumple su jornada en una oficina. Así, es la empresa la que tiene que poner los medios y controlar el rendimiento del mismo además de cumplir con todas las exigencias legales que la normativa impone en estos casos concretos.

Aspectos a tener en cuenta

Así, el seguro social es uno de los aspectos fundamentales y de los que más controversia crea en este caso. Son muchos los empleadores que dudan a la hora de tener que asegurar debidamente a los profesionales que desempeñan sus funciones desde casa. Sin embargo, no se deben tener dudas al respecto, ya que la obligatoriedad es la misma que en el caso de los empleados que cumplen un horario de oficina. En el caso de los autónomos, es el propio profesional el que debe cumplir con estas condiciones legales, aunque la relación laboral aquí es muy distinta a la anterior.

El teletrabajo se presenta como una gran opción para que los empleados concilien mejor su vida y para que las empresas se ahorren diversos gastos. Pero en ningún caso debe dejarse de lado la necesidad del seguro, algo que debe quedar a las claras en el contrato del empleado doméstico si no se quiere incurrir en una falta susceptible de ser sancionada.