Multicanal o sincronización de las condiciones generales de venta entre tiendas, páginas web y móviles
Tener una tienda online y una tienda física es totalmente compatible. Ahora bien: ¿qué ocurre con las condiciones generales de venta? ¿Son las mismas en uno y otro canal? En estas líneas abordamos algunas particularidades de ellas, así como la venta por aplicación móvil.
Distintos canales con sus propias particularidades
Comprar en persona u online tiene sus propias particularidades. Y las condiciones generales de venta se deben adaptar a ellas. Aunque las características del producto o servicio deben ser las mismas en uno u otro canal (calidad, estado de conservación, paquete correctamente precintado, garantía, etc.), ciertos aspectos de dichas condiciones pueden variar para que los derechos del usuario se vean correctamente protegidos en el caso de las compras a distancia. Por ejemplo, en relación al derecho de desistimiento. En este sentido, las ventas por página web o por aplicación móvil tienen la misma consideración, por tratarse de medios electrónicos y a distancia, según establece la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.
Cómo presentar las condiciones generales de venta
Otro aspecto que varía es el modo en que se presentan al usuario dichas condiciones generales de venta. Si la venta en tienda física implica la firma de un contrato, el cliente las puede leer en ese momento o llevárselas a casa, además de estar amparado por la normativa municipal, como la puesta a su disposición de hojas de reclamaciones. En las ventas a distancia, las condiciones se deben presentar al usuario antes de realizar la operación. Y, además, éste debe dar su consentimiento expreso, por ejemplo haciendo click en ‘He leído las Condiciones’ u otra casilla similar.
Tener varios canales de venta puede ser recomendable para un comerciante, en función de su estrategia de negocio. Pero en todos ellos debe presentar las condiciones generales de venta según establece la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la normativa municipal de referencia y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información. Y por supuesto, sin cláusulas abusivas.