Definir las cláusulas de cesión de acciones de una start-up

El reparto de la participación y propiedad de una empresa es un tema delicado que conviene dejar claro de antemano para evitar conflictos. En este texto comentamos algunas de las implicaciones que tiene la cesión de participaciones y la cesión de acciones de una start-up.

Participaciones sociales y acciones de una start-up

Debido al carácter especial de las start-ups, especialmente por su alto grado de innovación y de riesgo, existen diferentes maneras de hacer sostenible una empresa de este tipo. Por un lado, con un reparto de la propiedad bien definido por parte de sus fundadores —que también pueden promover las implicación de empleados y socios de la start-up mediante participaciones sociales—; por otro lado, pese a que el mercado bursátil tradicional no parece el más propicio para estas empresas, existen otras vías para la captación de inversores, ya sean Business Angels, fondos de venture capital o mercados bursátiles alternativos.

Cesión de participaciones y cesión de acciones de una start-up

Sea cual sea la estrategia de reparto de la propiedad y de búsqueda de inversores, se puede dar una cesión de participaciones sociales o cesión de acciones de una start-up. En estas situaciones, es necesario redactar un contrato de compraventa de acciones o participaciones, con las cláusulas pertinentes. En el caso de las participaciones sociales en Sociedades Limitadas, una de las cláusulas es la información y aceptación de la operación por parte de la Junta General. En el caso de la cesión de acciones, se deberán respetar las formas y plazos indicados por la entidad reguladora del mercado bursátil en cuestión.

Ya se trate de una cesión o compraventa de participaciones sociales en Sociedades Limitadas o Sociedades Anónimas, es fundamental actuar conforme a los estatutos sociales de la empresa. Y en el caso de una cesión de acciones de una start-up se deben seguir las reglas marcadas por la entidad reguladora del correspondiente mercado bursátil en lo referente al plazo y la forma del acuerdo. En todos los casos, se debería formalizar un documento público que deje constancia de todo ello.